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¿Estoy obligado a pagar las deudas de mi esposo(a)?


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El tema de las deudas es un asunto recurrente en los matrimonios.

Usualmente uno de los cónyuges ya sea el esposo o la esposa se endeudan y la pregunta que surge es si el otro miembro del matrimonio se encuentra obligado a pagar una deuda que generalmente no tuvo conocimiento.

Los casos pueden ser dramáticos, puede ocurrir que un esposo está siendo infiel a su esposa y comienza a realizar gastos excesivos en la tarjeta de crédito para comprar cosas a su amante o sencillamente divertirse con la amante en viajes y salidas nocturnas.

Mañana más tarde el esposo no puede pagar la tarjeta de crédito yel banco emisor de la tarjeta de crédito toca la puerta de la casa donde vive la esposa (y no el de la amante) y pretende embargar y llevarse las cosas del hogar conyugal para el pago de esa tarjeta de crédito usada para el pago de la diversión del esposo infiel con su amante.

La pregunta inmedianta que se nos viene a la cabeza es si la esposa engañada tiene alguna acción que hacer ante tal abuso.

Las respuestas pueden variar según las situaciones en que nos encontremos pero lo cierto es que se deben de tomar inmediatas acciones preventivas para evitar situaciones como las arriba descritas.

El artículo 227 de la Ley General del Sistema Financiero señala que se presume el consentimiento del cónyuge en caso de operaciones hechas en una cuenta corriente (las tarjetas de crédito se manejan desde la plataforma de una cuenta corriente).

Esta presunción era así necesaria para protección de los bancos dado que el artículo 317 del Código Civil señala que los bienes de propiedad de un matrimonio o incluso los bienes propios de cada cónyuge responden por las deudas que son de cargo de la sociedad.

Resulta claro así que el esposo infiel al gastar dinero en la diversión con su amante, tales deudas no deberían de ser pagadas por el matrimonio y por ende la esposa no tiene por qué pagar por las mismas.

El problema surge, en el caso de las tarjetas de crédito, por la existencia de esta presunción de consentimiento en las operaciones de una cuenta corriente que nos podría llevar al absurdo de que se sostenga que la esposa estaba consintiendo en los gastos que realizaba el esposo infiel con su amante.

La mejor manera de evitar estos callejones sin salida a los cuales la ley nos puede llevar es tomar medidas preventivas.

La mejor acción preventiva es que si usted no confía en su esposa o esposo para el tema de las finanzas es que proceda a cambiar su régimen patrimonial de sociedad de gananciales a uno de separación de patrimonios.

Otra alternativa es que apenas usted comience a desconfiar de su cónyuge procede a notificar a los bancos sobre su separación y proceda a la inmediata presentación de una demanda de separación de patrimonios que pueda cautelar sus intereses patrimoniales.

En mérito al artículo 329 del Código Civil usted puede obtener medidas cautelares del juez que protejan su patrimonio de actos desleales o incluso delicuenciales de su cónyuge.

La información dada en este artículo tiene un carácter general, cada caso concreto debe ser examinado por un abogado a fin de tener una respuesta precisa a su problema; si tiene alguna duda o problema relacionado no dude en ponerse en contacto con nosotros, escribiendo a a webmaster@tuasesorvirtual.com para concertar una cita ya sea en nuestras oficinas de Lima o Trujillo.

La foto via StockXchng

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Este artículo fue publicado el Monday, September 29th, 2008 at 12:41 pm y es archivado en Divorcio, Familia, negocios. Usted puede seguir los comentarios a este artículo a través del RSS 2.0 feed. Usted puede dejar sus comentarios, o trackback desde su propio site.

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2 Responses to “¿Estoy obligado a pagar las deudas de mi esposo(a)?”

carlos December 14th, 2008 at 7:08 pm

estimados doctores:

mi historia comienza con de esta forma ,fui cliente del banco regional, luego cambio a nkb bank la cual como todos sabemos fue intervenida por la sbs yo quede sin deuda , la cual tuve una cuenta corriente y quede sin deuda, pero luego fue absorvido por el banco financiero, pero hace 4 años me llego un estado de cuenta que adeudaba pero me apersone y envie una carta dicendo que no adeudaba y con otra documentacion adjunta , la cual fue atendido mi pedido por asesoria legal del banco y me manifestaron que no me preocupara, luego de 4 años mas me viene otro estado de cuenta en la cual me dice que adeudo cierta cuenta mi pregunta es ¿ en que me puede afectar ya que tengo mi casa ? la podrian embargar agradecere mucho su consejo

Roberto Jauregui December 15th, 2008 at 11:33 pm

Si no resuelves es asunto de un modo definitivo, eventualmente podrían causarte un disgusto.
Si el banco está cobrando deudas inexistentes, presenta una queja por escrito para obtener una respuesta debidamente documentada. No te quedes en la simple conversación y en simples promesas de solución.

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